|
NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE
AGILITY
A) CONDICIONES GENERALES
1) Para poder participar en pruebas de
Agility autorizadas por la R.S.C.E.,
será preciso estar encuadrado en uno de
sus múltiples clubes colaboradores. Los
aspirantes deberán entregar relleno el
recortable de la cartilla de
puntuaciones al Juez en la primera
prueba a la que se presente y superar el
obligado “Test de Sociabilidad”. En la
mencionada cartilla, quedarán reflejadas
las calificaciones logradas por un
determinado ejemplar con uno o
diferentes guías, durante las pruebas,
campeonatos y “finales autorizadas”.
Para tomar parte en pruebas oficiales de
la R.S.C.E. en Grado II y III de
competición, deberá disponer, además, de
una licencia actualizada (al corriente
de pago) otorgada por dicha entidad.
2) Cada Club deberá notificar los
cambios de dirección y situación de sus
participantes (bajas, etc.). Con la
periodicidad que se indique, el club
renovará las mencionadas licencias. En
cualquier caso, será obligatorio
actualizar el derecho de participación,
mediante el pago de una cuota de
carácter anual.
3) Un club de Agility debe comunicar,
igualmente, a la R.S.C.E. los cambios de
emplazamiento de las instalaciones,
cuando estos se produzcan, acompañando
un plano descriptivo del lugar, así como
horarios de entrenamiento etc.
4) Los Clubes organizarán o colaborarán
con una Sociedad Canina en la
realización de, al menos, una “Prueba
puntuable” al año, pudiendo ser
indeterminado el número máximo de ellas.
5) Si transcurrieran 2 años sin que un
club colaborador presentara, al menos, a
un ejemplar en pruebas puntuables, será
dado de baja con objeto de evitar la
proliferación de asociaciones vacías o
de tipo virtual.
Los participantes y sus monitores no
podrán estar comprendidos en dos clubes
a la vez, ni modificar su pertenencia a
cualquiera de ellos con dicho fin, ya
que de reducirse el mínimo establecido
una vez autorizadas las pruebas, estas,
podrían ser anuladas.
6) Una vez cerrado el calendario
semestral, ya no podrán añadirse otras
pruebas de carácter “puntuable”, que no
hubieran sido aprobadas con
anterioridad, a excepción de la
propuesta de un club dado de alta fuera
del mencionado plazo, en cuyo caso,
podrá admitirse una prueba doble o
sencilla, como máximo, debiendo mediar
un intervalo mínimo de un mes entre la
petición y la fecha prevista para su
realización.
7) Todos los Clubes sin excepción
deberán enviar a la R.S.C.E. en el plazo
mínimo de un mes, información de
carácter general relativa a su prueba:
fecha, lugar, programa y horarios
previstos, modalidades de competición y
Juez o Jueces invitados (en caso de
contar con la conformidad de la R.S.C.E.).
8) Anualmente, se celebrará un
“Campeonato Nacional de Agility”, cuya
organización corresponde a la R.S.C.E.,
pudiendo contar con la colaboración de
uno o varios clubes de Agility, a
quienes les será entregado el pliego de
condiciones con la descripción de tareas
a desarrollar.
9) Las calificaciones, puntuaciones,
etc. obtenidas en Campeonatos, Finales o
Trofeos especiales, no serán computables
a efectos de obtención de las
condiciones requeridas para otras
competiciones (excepto cuando así se
haga constar).
B) ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE
PRUEBAS AUTORIZADAS
1) Una Prueba puntuable no debe
anularse. Por razones de fuerza mayor o
cuando se inscriban un mínimo de 10
participantes, podrá aplazarse siempre
que sea posible, dentro del período
competitivo para el que puntuaba la
anterior. La organización deberá
informar cuanto antes a la sección de
Agility de la R.S.C.E., con objeto de
hacerlo llegar a los clubes
colaboradores. Si no mediara el
intervalo mínimo de un mes, será el
propio club quién se encargue de
informar al resto, o a los participantes
ya inscritos en ella, mediante el
procedimiento de urgencia, a fin de
evitar perjuicios innecesarios.
También podrán aprobarse pruebas con
carácter de final, trofeos especiales o
promovidos por firmas comerciales etc.,
siempre que en su organización y
desarrollo no colaboren, esponsoricen o
apoyen asociaciones no colaboradoras con
la R.S.C.E., debiendo correr a cargo de
dichos clubes los gastos
correspondientes. De igual manera, podrá
proponerse la realización de finales de
carácter regional o comunitario,
debiendo contar con el acuerdo de los
clubes afectados para el establecimiento
de las condiciones específicas.
2) La cantidad cobrada por un Club en
concepto de inscripción a sus pruebas,
deberá ser la misma para todos los
participantes y no podrá exceder de 24
€. Esta información, junto con la de
cierre de inscripciones, forma de pago,
entrega de trofeos y resto de
condiciones de interés general, deberán
reflejarse claramente en su programa,
que será enviado a todos los clubes que
figuren en el último listado actualizado
de la R.S.C.E., al menos, con una semana
de antelación a la fecha marcada para el
cierre de inscripciones. Si este plazo
no llegara a cumplirse, se
sobreentenderá que se admiten hasta 24
h. antes de su comienzo. De cualquier
modo y en caso de duda, siempre existe
la posibilidad de informarse a través de
la Sección de Agility de la R.S.C.E.,
quien debería haber recibido información
del club organizador.
3) Las fechas y plazos de inscripción en
pruebas autorizadas serán fijados por la
propia organización, no pudiendo limitar
la participación de un concursante sin
autorización de la R.S.C.E. Para ello,
deberá exponer por escrito, con
antelación suficiente y aportando
evidencias, las razones que motivan tal
petición. Una vez estudiadas las pruebas
presentadas, se tomará la determinación
correspondiente. Si fuere preciso
limitar el número de participantes por
razones de tiempo, espacio, etc., deberá
ser igualmente solicitado a la R.S.C.E.,
razonando sus causas. En cualquier caso,
el sistema de limitación empleado se
realizará de forma justa y evitando
arbitrariedades. De no cumplirse estos
requisitos, la prueba podría ser
desautorizada.
4) La invitación del Juez de la prueba
corresponde al club organizador, quien
podrá optar entre los nacionales de la
R.S.C.E. o internacionales de la F.C.I..
En caso de ser extranjero y tras el
necesario contacto para comprobar su
disponibilidad, deberá informar a la
R.S.C.E. con un mes como mínimo de
antelación, para que ésta pueda llevar a
cabo los trámites pertinentes ante la
Sociedad Canina del país
correspondiente. El Juez tendrá derecho
al reembolso de los gastos de
desplazamiento y comidas durante el
viaje.
El juez de la prueba debe ser alojado en
un lugar adecuado y su estancia puede
incluir la noche anterior y la posterior
del evento.
Cuando sea acompañado por su cónyuge,
correrán por cuenta del club organizador
los gastos de alojamiento de ambos. No
se aceptará como justificación, la
anulación de una prueba por carecer de
Juez para la misma. Para ello, se
recomienda preveer, concertar y
confirmar su asistencia con suficiente
antelación.
5) Con un plazo mínimo de un mes de la
fecha prevista y tras haber concertado
el Juez de la prueba, el club le
indicará: el lugar de la celebración,
programa, horarios previstos, naturaleza
del suelo, dimensiones exactas del
terreno, clase y número de obstáculos
disponibles, etc. Posteriormente y tras
el cierre de inscripciones, le informará
del nº de participantes inscritos en
cada grado y categoría, así como los que
deban superar el obligado “Test de
Sociabilidad” y cualquier posible
variación sobre el programa previsto
originalmente.
6) Las dimensiones de los obstáculos
empleados deben ser conformes al
reglamento y ajustarse a lo establecido
en NORMAS OBSTACULOS E INSTALACIONES. Un
juego de obstáculos debe comprender un
mínimo de: 10 Vallas de Salto, 1 Rueda,
1 Seto, 1 Muro o Viaducto. En caso de
carecer de alguno de los dos últimos,
deberá completarse con Vallas de Salto o
viceversa.
7) Todas las “pruebas puntuables”, deben
comprender la ejecución de 1 ó 2
recorridos en Grado I, a excepción de
las “Pruebas Selectivas”, las cuales
están exentas de tal obligación. Una
jornada no podrá exceder de un máximo de
dos recorridos en “Grado I”. Las
clasificaciones relativas a las
categorías: “L”, “M” y “S”, se
realizarán separadamente. Sin embargo,
la organización podrá agruparlas para la
obtención de trofeos, siempre que los
datos técnicos de los recorridos fueran
idénticos, debiendo informar al respecto
en el programa correspondiente, con
objeto de evitar sorpresas. Es
aconsejable, igualmente, que no se
produzcan diferencias de trofeos entre
las categorías de un mismo Grado.
8) No está permitido acceder del Grado I
al II, durante una misma prueba, aunque
ésta se desarrolle a lo largo de dos
jornadas, ni aún cuando contara con las
calificaciones requeridas. Sin embargo
queda autorizada su participación, en
caso de realizarse sobre dos pruebas
independientes y diferente jornada,
organizadas por el mismo o diferente
Club. Tampoco debe permitirse la
participación en Grado II o III, de
quién no posea una licencia otorgada o
actualizada por la R.S.C.E., cuyo número
debe figurar obligatoriamente, en las
calificaciones que reciba el Juez por
parte de la organización. Únicamente y
como medida excepcional, provocada por
la obtención de las calificaciones
requeridas en Grado I, en la primera de
una prueba doble, podrá ser autorizado
por el Juez de la misma a participar en
la segunda, sirviendo, en este caso, la
cartilla de puntuaciones para comprobar
dichos requisitos. El club al que
pertenezca el mencionado participante,
deberá solicitar de la sección de
Agility de la R.S.C.E., la licencia
correspondiente, disponiendo de un mes
como máximo, para formalizar dicho
trámite y realizar el pago
correspondiente.
9) La licencia de Agility, debe ser
solicitada por el interesado a través
del Club en el que se encuentre,
adjuntando al impreso debidamente
relleno, importe fijado por la R.S.C.E.
y 2 fotografías tamaño carnet.
Excepcionalmente y para no detener la
progresión de los participantes, podrá
solicitarse con carácter de urgencia de
la sección de Agility de la R.S.C.E., el
adelanto del nº de la futura licencia,
debiendo aportar en este caso, las
fechas en las que se lograron las
calificaciones requeridas. Este
procedimiento tendrá carácter
provisional, siendo preciso formalizar
el envío de la solicitud con los datos
requeridos en el plazo máximo de un mes,
a contar desde el momento que sea
facilitado dicho número. De lo contrario
y sin que mediara causa justificada,
provocaría la anulación de las
calificaciones conseguidas en Grado II
durante dicho período.
10) En todas las pruebas en que se
sobrepase el número de 25 perros, será
preciso contar con la presencia de un
veterinario. En caso de no alcanzar el
mismo o por circunstancias imprevistas,
la organización será la encargada de
verificar la actualización de la vacuna
antirrábica, requisito mínimo e
imprescindible para poder tomar parte en
la misma. El Juez deberá ser informado
de dicha ausencia, quien a su vez lo
hará constar a la R.S.C.E. en su informe
correspondiente.
11) A su presentación el participante
mostrará la cartilla veterinaria en
curso, que deberá ajustarse a la
reglamentación específica de la
comunidad autónoma donde se celebre la
prueba, siendo devuelta tras ser
revisada. Asimismo, entregará a la
organización la cartilla de puntuaciones
de la R.S.C.E., documento obligatorio,
donde quedarán reflejadas las
calificaciones al término de la prueba.
Si fuera preciso, aportará su licencia
de participante, a fin de poder realizar
las oportunas comprobaciones. Quedará a
criterio del Juez la admisión de quien
por olvido, extravío o cualquier otra
circunstancia, no presentara la
documentación requerida.
Dentro de lo posible, la organización
procurará espaciar la presentación de
los participantes en Grado I del resto,
con la finalidad de evitar esperas
prolongadas e innecesarias del resto.
12) El sorteo del orden de participación
se realizará abierta y claramente, en
presencia del Juez, representantes de
clubes, miembro de la Comisión de
Agility R.S.C.E., etc. Este se dará a
conocer con anterioridad al
reconocimiento de los recorridos, así
como el criterio a emplear en las
sucesivas actuaciones. Dicho orden
quedará expuesto en lugar visible y
accesible para los participantes. Cuando
un guía participe con dos o más
ejemplares, tendrá derecho a un
intervalo de 3 puestos entre una y otra
intervención, siempre que el nº de
participantes de la misma categoría lo
permita. De lo contrario, el Juez lo
tomará en consideración a efectos de
permitir su recuperación.
13) Las categorías “L”, “M” y “S” de un
mismo Grado, podrán contar con idénticos
o diferentes recorridos, datos técnicos,
etc., siempre que las normas específicas
de la competición no lo impidan. Por el
contrario, los diversos “Grados” cuentan
normalmente con diferencias sobre los
recorridos o tiempos de realización. Sin
embargo, cuando concurra un número
inferior a 10 participantes, en la suma
de las tres categorías de Grado III,
durante el transcurso de una prueba
“puntuable” (no “selectiva”) y con el
fin de no ampliar las divisiones en un
nº especialmente reducido, gastos de
trofeos etc., las clasificaciones serán
conjuntas para los competidores en Grado
II y III, debiendo establecerse en este
caso, los mismos recorridos e idénticos
datos técnicos para el conjunto de
ambos.
14) En principio, las categorías “L”,
“M” y “S”, podrán contar con diferentes
tiempos, recorridos o ambas cosas a la
vez, siempre que las normas específicas
de la competición no lo impidan. Dentro
de ello, corresponderá al Juez decidir
lo más apropiado en función del horario
y programa previsto. No podrá
suspenderse la realización aún cuando
existiera un único ejemplar en una de
las categorías.
15) Las perras en celo podrán competir
“extraordinariamente”, en la totalidad
de pruebas puntuables, pero al final de
cada recorrido. La organización pondrá
los medios necesarios para evitar que
quede rastro sobre los lugares de
permanencia prolongada. Además, se
exigirá de sus guías el alejamiento de
las mismas hasta el momento de su
participación. El incumplimiento de este
precepto, puede conllevar la
descalificación del participante.
16) El reconocimiento de pista no tendrá
en ningún caso una duración inferior a 7
minutos, permitiéndose, únicamente, el
acceso de los participantes inscritos en
cada grado y categoría. Excepcionalmente
en “Grado I”, podrá ser acompañado por
un veterano incluido en el Grado II o
III de competición, con objeto de ser
aconsejado.
Con independencia del criterio elegido
por la organización, para distribuir a
los participantes en tandas homogéneas
(dorsales pares e impares, etc.),
debiendo estar comprendidos los 5
primeros, dentro del turno inicial de
reconocimiento, a fin de que estos
dispongan del tiempo necesario para
recoger y preparar a su perro con la
deseable anticipación. También debe de
proporcionarse el tiempo necesario al
1er participante antes del comienzo de
la competición. Se aconseja igualmente,
que la repartición en turnos sea
equitativa, siendo recomendable no
sobrepasar el número de 30 o 40
personas, como máximo, en cada una de
las tandas establecidas, para evitar la
aglomeración de participantes sobre los
puntos críticos.
17) Al finalizar cada actuación, deberá
informarse de las penalizaciones
registradas, así como el tiempo
realizado por cada participante. Las
clasificaciones resultantes quedarán
expuestas al término de cada manga o
recorrido, con la finalidad de poder
corregir a tiempo cualquier posible
error.
18) En todas las Pruebas autorizadas,
los jueces deberán aplicar el Reglamento
de Agility de la R.S.C.E.-F.C.I. y demás
“normas complementarias” cursadas al
efecto por la R.S.C.E.. Los juicios son
inapelables, tan solo podrá modificarse
una calificación como consecuencia de un
error técnico o de trascripción. En caso
de disconformidad debidamente fundada,
el perjudicado presentará un escrito de
queja al Delegado de Agility de la
R.S.C.E., aportando evidencias y en un
plazo no superior a 15 días, recibiendo
la oportuna contestación una vez
contrastado los hechos.
19) El Club organizador de una prueba
entregará al Juez, una vez finalizada la
misma, dos listas de resultados. Una vez
comprobadas y firmadas, éste, enviará un
ejemplar a la Sección de Agility de la
R.S.C.E., el cual deberá tener entrada
en un plazo no superior a 15 días y otro
al Club organizador, informándole de los
posibles errores apreciados. Los
listados tienen carácter de actas y
serán los únicos válidos a efectos del
registro y anotación de resultados. A su
vez, la organización enviará a cada club
con representación en dicha prueba, una
copia de los mismos. El Juez enviara a
la sección de Agility de la R.S.C.E. un
informe con su valoración, en relación
al cumplimiento de aspectos básicos
tales como: desarrollo, características
de los obstáculos e instalaciones,
cumplimiento de la normativa, horarios,
así como información detallada de
cualquier eventualidad observada, siendo
muy conveniente advertir de todo ello a
los responsables de la organización,
para evitar posteriores sorpresas.
El Juez será informado por la R.S.C.E.
de las deficiencias encontradas con
anterioridad en ese club, en el momento
de solicitar su autorización para juzgar
una determinada prueba, al objeto de
poder subsanarlas y evitar a tiempo,
situaciones irremediables en el momento
de su celebración. Si a pesar de ello,
los fallos encontrados fueran leves, el
club recibirá una carta de la sección de
Agility de la R.S.C.E. informando de los
mismos, a fin de que sean subsanados o
corregirlos para la próxima ocasión. Por
el contrario, la reiteración de informes
negativos o la apreciación de faltas
graves, puede llevar consigo la
suspensión temporal o definitiva del
Club.
20) Para poder realizar pruebas de
Agility “puntuables” o “selectivas”, el
club debe cumplir la presente normativa,
así como lo concerniente en materia de
obstáculos e instalaciones, disponer de
W.C., y de la iluminación necesaria, si
la prueba fuera nocturna.
21) En todos los casos, la organización
de una prueba deberá regirse por el
Reglamento de Agility y normas
particulares de la R.S.C.E.
22) Todos los clubes que realicen
pruebas de Agility autorizadas por la
R.S.C.E., deberían contratar una póliza
de responsabilidad civil, que cubriese
los posibles daños que pudieran
ocasionarse a terceras personas.
C) NIVELES DE PARTICIPACION
1) En todas las pruebas puntuables y
autorizadas por la R.S.C.E., se
desarrollarán los Grados I, II y III
(con las excepciones mencionadas). Los
trofeos se asignarán por Grados
independientes, pudiendo agruparse entre
sí por categorías, dentro de cada uno de
ellos.
2) Grado I.- Están incluidos en este
Grado, los participantes que acceden a
la modalidad de Agility, constituyendo
el nivel básico o elemental. No está
concebido como un “Grado” de competición
y por tanto, tampoco está contemplada la
participación en un Campeonato Nacional
dentro de este nivel.
Para acceder a Grado II, es preciso
realizar 3 recorridos de “Agility” sin
penalizaciones, durante el desarrollo de
pruebas autorizadas por la R.S.C.E., con
al menos, dos Jueces diferentes, según
establece el Reglamento de Agility de la
F.C.I.
3) Grado II.- Es el nivel básico, en el,
se encuentra el grueso de los
competidores, correspondiendo a un grado
de dificultad medio. Las condiciones
especificas de participación quedan
recogidas en el documento: “NORMAS DEL
CAMPEONATO NACIONAL DE AGILITY”.
4) Grado III.- Constituye el máximo
escalón de la modalidad de Agility de la
R.S.C.E. En él, se encuentran los
participantes que cuentan con mayores
posibilidades de éxito para representar
a nuestro país en un contexto
internacional. Los trazados de sus
recorridos, así como la velocidad
impuesta por el Juez o los tiempos de
ejecución, conllevan una mayor
dificultad en su realización. Las
calificaciones son igualmente validas
para el “Campeonato Nacional de la
R.S.C.E.”, por ello, es preciso ser
conscientes de su mayor dificultad, para
obtener los requisitos de clasificación.
Una vez adquirida la posibilidad para
competir en pruebas de Grado III, el
guía podrá permanecer indefinidamente
con el ejemplar con el que logró
alcanzar dicho Grado.
A principio de temporada, el
participante deberá elegir el “Grado” en
el que va a competir. Una vez tomada la
decisión, ya no podrá variar dentro del
mismo período competitivo, de lo
contrario, quedarían invalidadas la
totalidad de las calificaciones
adquiridas en cualquiera de ellos.
Las condiciones de participación en el
Campeonato del Mundo de la F.C.I., que
tiene lugar cada año, se encuentran
recogidas en el documento: “NORMAS DE
SELECCION PARA EL CAMPEONATO DEL MUNDO
DE AGILITY”.
D) OBLIGACIONES DEL PARTICIPANTE
1) Dado que en la modalidad de Agility,
intervienen activamente guía y perro, se
sobreentiende que las calificaciones
obtenidas son propiedad de ambos. Por
ello, todo participante deberá competir
con el ejemplar registrado en su
licencia. Sin embargo, podrá autorizarse
el cambio de guía por un período mínimo
de un mes y máximo de 6, agotado este
dentro de un mismo período competitivo,
deberá tomar la decisión de regresar
nuevamente a su antiguo guía o solicitar
su traspaso por lo que resta de
temporada. Durante este intervalo, la
R.S.C.E. concederá una autorización
provisional, con la indicación del
tiempo solicitado. En ningún caso,
podrán computarse las calificaciones
obtenidas por el mismo ejemplar y
diferente guía.
Sin embargo, si el ejemplar hubiera
superado con anterioridad el Grado I,
podrá permanecer en Grado II con un guía
distinto, dejándose este aspecto a su
elección. En el caso de que el ejemplar
se hallara en Grado III antes del
cambio, no podría mantenerse en el
mismo, al haber sido necesaria la
superación de condiciones especificas de
alto nivel.
Los participantes de Grado I podrán
permanecer en el mismo por tiempo
ilimitado, aún cuando hubieran superado
las condiciones mínimas establecidas,
para su acceso al siguiente Grado. Solo
en este último caso, los participantes
están obligados a solicitar de la
sección de Agility de la R.S.C.E., la
correspondiente licencia, siguiendo
idénticos pasos y requisitos, que sus
compañeros de Grado II.
2) Para tomar parte en el “Campeonato de
España” o poder formar parte del equipo
de la R.S.C.E. que represente a nuestro
país, en el Campeonato del Mundo de la
F.C.I., será preciso que el perro esté
inscrito en el L.O.E. o R.R.C., contar
con las calificaciones requeridas y que
el pedigrí del ejemplar haya sido
transferido a nombre del actual
participante, todo ello, en el momento
de realizar la inscripción.
Excepcionalmente y solo a “nivel
nacional”, podrá admitirse la
titularidad de un familiar de “primer
Grado” del participante. En este caso,
la R.S.C.E. recibirá de su propietario,
el documento de cesión del ejemplar para
pruebas de Agility, con la firma y
acuerdo de ambas partes, aplicando los
plazos previstos.
3) Los participantes menores de edad
precisarán de un permiso del padre o
tutor, para participar en pruebas de
Agility, debiendo cursar dicha
autorización a la R.S.C.E.,
permaneciendo una copia en la sede del
club al que pertenezcan.
4) En las pruebas de Agility autorizadas
por la R.S.C.E., las perras en período
de gestación tienen prohibida la
participación. Ante la duda, sus dueños
se abstendrán de tomar parte en las
mismas. El Juez podrá impedir la
participación de cualquier ejemplar que
presente síntomas de enfermedad o
lesiones aparentes, vendajes, etc..
5) Las faltas de respeto o corrección,
comportamientos inadecuados o impropios
de un participante hacia el Juez,
miembros de la organización, así como el
maltrato o humillación del perro por
parte de su guía, podrán provocar la
expulsión inmediata de la prueba y la
posterior adopción de medidas
sancionadoras, tales como: suspensión
temporal o definitiva de la licencia de
participante de la R.S.C.E.
Los daños o desperfectos causados por un
perro, son responsabilidad de su guía.
Todos los participantes de Agility de la
R.S.C.E. deberán cumplir la normativa
nacional y de la Comunidad Autónoma en
la que se encuentren.
6) Todos los ejemplares deberán superar
en su primera prueba, la edad de 18
meses y el obligado “Test de
Sociabilidad” de la R.S.C.E., con objeto
de seleccionar a aquellos que resulten
aptos para la vida en sociedad.
Excepcionalmente y solo en el caso de
faltar un intervalo inferior a una
semana para cumplir la edad mínima
establecida, podría permitirse su
participación. Un Juez nombrado por la
R.S.C.E. debe observar la conducta y
reacciones del perro ante diversas
situaciones contempladas en un
formulario facilitado por la R.S.C.E.,
conducente a comprobar su sociabilidad.
Para ello, deberá llevar relleno de
antemano sus datos: en la cartilla de
puntuaciones, en el anexo que la
acompaña y en el impreso del mencionado
test de sociabilidad, a fin de evitar
pérdidas de tiempo ocasionadas por este
concepto. Una vez entregados al juez
ambos documentos, éste, verificará los
datos, pasará el test, rellenará su
apartado, firmará el impreso y
finalmente, entregará al participante
una parte de dicho documento con su
resultado.
Es imprescindible la superación de este
requisito, sin él, no podrá participar
en pruebas organizadas o autorizadas por
la R.S.C.E., ni hacer uso de la
mencionada cartilla, disponiendo de dos
ocasiones con un intervalo mínimo de 3
meses. Si el resultado fuese negativo en
ambas ocasiones, el ejemplar quedará
apartado definitivamente de la
competición.
Nopodrá aceptarse la figura del “perro
en blanco” en una prueba, si el ejemplar
no dispone de los mencionados
requisitos.
7) Reviste especial importancia la
medición por parte del Juez de la
Prueba, (excepto cuando sea extranjero),
del ejemplar que acceda por primera vez
a la competición. Esta, servirá de base
para encuadrarle en una u otra
categoría, siguiendo estrictamente los
límites marcados por la F.C.I. en su
Reglamento de Agility. En caso de que el
propietario no quedara conforme con su
resultado, podrá solicitar “por escrito”
a la R.S.C.E. una verificación de la
misma, durante ese período de tiempo,
solo podrá participar en la categoría
adjudicada. Una vez autorizada la nueva
medición, ésta, se llevará a cabo por
dos Jueces de Agility, distintos del
anterior y uno de ellos elegido por la
R.S.C.E. En caso de disconformidad,
daría lugar a un tercer y último paso:
La R.S.C.E. citaría al propietario con
el perro, para ser medido por un Juez de
estructura del Grupo al que pertenezca
dicho ejemplar, siendo esta medición la
que determinará finalmente su categoría.
8) El Juez, comprobará personalmente la
identificación del perro (tatuaje o
microchip), siendo la propia
organización de la prueba, quien
gestione la adquisición del lector,
siempre que sea dentro de los
homologados por la F.C.I.
Los clubes y participantes de Agility
quedan sujetos a estas y otras normas
que el Comité de la R.S.C.E. pudiera
dictar; cualquier duda, aclaración,
sugerencia o propuesta, debe formularse
a través de la sección de Agility de la
R.S.C.E. o su delegado.
|